Abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad en Vigo

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¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad y que finalidad tiene?

La Ley de Segunda Oportunidad es un proceso que ayuda a salvar la situación de particulares y autónomos que han llegado hasta un límite donde es inviable hacer frente a sus deudas. Es decir, sirve de soporte a todas aquellas personas que sean incapaces de efectuar el pago de sus deudas por diversos motivos. Esta ley permite el «perdón de las deudas» a través del BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho)de todas aquellas personas que cumplan los requisitos estipulados y que se encuentren en una situación donde el pago de sus deudas es incompatible con atender los pagos de las necesidades vitales (vivienda, alimentación, suministros…). De este modo, su finalidad es permitir que una persona física, tanto autónomo como consumidor, a pesar de haber fracasado económicamente por temas empresariales o personales, pueda acogerse a la segunda oportunidad de encaminar su vida de nuevo, sin tener que cargar indefinidamente con una deuda que no podrá afrontar. En Vigo contamos con numerosos clientes satisfechos que confían plenamente en nuestros abogados y asesores, expertos en este tipo de ley y en los requisitos necesarios para poder acogerte a ella.

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Abogados expertos en la Ley de la Segunda Oportunidad en Vigo

Desde Tu Segunda Oportunidad disponemos de un amplio equipo de abogados y economistas especializados en procedimientos derivados de insolvencias y reestructuraciones empresariales. Tratamos casos de la Ley de Segunda Oportunidad en toda España, especialmente en Vigo, para asesorar a particulares y empresas sobre todas las condiciones necesarias para acogerse a este método. Nos encargamos de cubrir estos temas en toda España, pero actuamos especialmente en Vigo, dónde nos puedes encontrar para recibir asesoramiento personalizado sobre tu caso. Qué dices, ¿empezamos?

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PROCEDIMIENTOS EN MARCHA

¿Cuáles son los requisitos para acogerse al beneficio de la Ley de Segunda Oportunidad?

  • Que, antes de acudir al concurso, haya intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores.
  • Que no haya sido declarado culpable en el concurso de acreedores. Es decir, que el juez no considere que su insolvencia ha sido provocada adrede por el propio deudor (lo que en los concursos de acreedores tradicionales se denomina «administración desleal»).
  • Que, en los diez años anteriores a la petición de concurso de acreedores, el deudor no haya sido beneficiado otra vez por la Ley de Segunda Oportunidad y que tampoco haya sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.
  • Que, en los cuatro años anteriores a la petición del concurso, el emprendedor no haya rechazado una oferta de empleo “adecuada a su capacidad”. Este es un punto polémico, ya que la ley no detalla qué requisitos debe tener dicha oferta para considerarla “adecuada a la capacidad” del deudor.
  • Por último, aceptar inscribir el beneficio en un Registro Público Concursal. Según el texto oficial, «la obtención de este beneficio se hará constar en la sección especial del Registro Público Concursal por un plazo de cinco años».

FASES DEL PROCEDIMIENTO:

  • 1 – Proceso de recopilación de los datos

    Necesarios para el inicio del procedimiento de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley.
  • 2 – Inicio del procedimiento en notaria

    Inicio del procedimiento en notaria con la documentación facilitada por el cliente.
  • 3 – Acuerdo extrajudicial de pagos

    Reunión entre el deudor y los acreedores con la finalidad de cumplir con el requisito de intentar llegar a un acuerdo entre las partes, previo a la fase de liquidación.
  • 4 – Fase de liquidación

    El deudor en caso de tener patrimonio lo debe poner a disposición del procedimiento para su liquidación.
  • 5 – Solicitud para obtener el BEPI

    Se presenta ante el juzgado dicha solicitud.
  • 6 – Concesión del BEPI

    Concesión del BEPI beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. De acuerdo con la resolución judicial establecida en cada caso.

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