Ley de Segunda Oportunidad en Cáceres
¿Debes más de 5.000 € en Cáceres sin poder afrontarlo?
Te las quitamos
Dinos tu teléfono y te llamamos a Cáceres
Cobras y el dinero se va en cuotas. Hay una forma legal de pararlo: la Ley de Segunda Oportunidad en Cáceres da la opción de que un juez cancele lo que ya no puedes devolver, con los requisitos cumplidos. Se llama exoneración del pasivo insatisfecho (EPI). En Tu Segunda Oportunidad lo preparamos y lo presentamos por ti, por internet.
Lo que te conviene saber
- Primera consulta gratis, sin compromiso
- Que tu nómina vuelva a ser tuya
- Libérate de tus deudas en Cáceres
- Nº de colegiado: 106808
- Mediador Concursal
- Más de 2.000 personas han cancelado sus deudas con nosotros
Datos de nuestra actividad:
Primer paso sin coste
Sin compromiso
Desde 97€/mes
Todo en línea
Sin viajes
¿Te llamamos? Deja tu número y esta jornada lo hacemos.
Llamadme cuanto antes¿Puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad en Cáceres?
Un minuto, tres preguntas
¿Tienes residencia en España?
Qué cuesta la Ley de Segunda Oportunidad en Cáceres
- Contarnos tu caso es gratis. Con los números a la vista (lo que debes, lo que cobras, lo que tienes) valoramos honestamente si tu situación cabe en la Ley de Segunda Oportunidad. Una respuesta negativa también te sirve para no perder tiempo.
- Cuota desde 97 € cada mes.
- Con un abogado de oficio no sales mejor parado: el procedimiento es exigente y perder un plazo supone meses de retraso. Nuestro trámite se paga; la primera consulta es gratis y sin compromiso.
Qué juzgado atiende tu caso en Cáceres
Un juzgado de lo mercantil resuelve, el de tu domicilio.
El Tribunal de Instancia de Cáceres está en la Avenida de la Hispanidad, s/n.
Embargos en Cáceres
El auto es la resolución con la que el juez abre tu procedimiento. Los embargos se detienen desde ese día. Antes del auto, siguen.
Los embargos se quedan quietos
Al abrirse el caso, los embargos que corrían se detienen y no se pueden presentar otros nuevos.
Tu deuda se queda fija
Tu deuda no suma más intereses; solo hay excepción en los sueldos debidos a trabajadores y en las deudas con hipoteca o prenda.
Tu nómina tiene un suelo
Lo que cobras, sea sueldo o pensión, está a salvo hasta el mínimo interprofesional. Del resto solo se embarga una fracción por escalones.
Una excepción que conviene saber: ciertos embargos previos, por deudas laborales o públicas, pueden seguir si así lo decide el juez.
Qué deudas puedes cancelar en Cáceres
La cancelación incluye las deudas con bancos, financieras, tiendas y proveedores.
| Qué debes | ¿Desaparece? |
|---|---|
| Tarjetas y préstamos al consumo | Se anulan |
| Créditos personales y facturas atrasadas | Se anulan |
| Agencia Tributaria y Seguridad Social, estatales | Perdón limitado |
Hacienda y la Seguridad Social cancelan hasta 10.000 € cada una. Se perdonan enteros los primeros 5.000 € y la mitad de lo que supere esa cifra. Con 7.500 € de deuda con Hacienda, se cancelan 6.250 € y quedan 1.250 € por pagar. Lo que exceda de ese tope sigue siendo deuda.
Queda fuera:
- Las pensiones de alimentos.
- Las indemnizaciones por delito que un juez te imponga.
- Lo debido por muertes o lesiones, también las de accidentes de trabajo.
- Los últimos dos meses de sueldo de tus trabajadores, con límites.
- Multas por delito y sanciones administrativas de gran gravedad.
- Lo que garantiza una hipoteca o prenda, con tope en el valor del bien.
Autónomos y negocios en Cáceres
Sí. Eso no te excluye: ni ser autónomo ni llevar un negocio. Cuenta que no puedas pagar lo que debes.
Nadie te pide cerrar. Puedes seguir trabajando o poner fin a la actividad y empezar de nuevo.
Tu maquinaria, tus herramientas o tus libros profesionales quedan a salvo del embargo si valen muy poco frente a lo que se reclama.
Cuándo no puedes pedir la ley en Cáceres
- Haber inventado o alterado información para obtener un crédito, o endeudarte aun sabiendo que no podrías pagarlo.
- Condena firme de cárcel de menos de diez años por un delito de patrimonio, Hacienda o Seguridad Social, con pena máxima de tres años o más y sin cumplir todavía.
- Que se declare culpable tu concurso, que es el nombre del procedimiento judicial de tus deudas.
- Si ya cancelaste deudas con esta ley, esperas: 2 años después de un plan de pagos, 5 después de vender bienes.
Repasamos todo esto en la primera consulta, que es gratis. Si no cumples alguna condición, te lo explicamos sin cobrarte nada.
Dudas sobre la Ley de Segunda Oportunidad en Cáceres
¿Tendré que ir al juzgado?
No. Todo online y casi nunca hay que ir al juzgado.
¿Cuándo dejan de embargarme?
Cuando el juez abre el procedimiento. Al presentar la solicitud siguen.
¿Qué le pasa a mi casa si tiene hipoteca?
Con la hipoteca depende de cada situación. En la consulta gratuita vemos la tuya con los datos delante.
¿Puedo pedirlo siendo empresario?
Sí, también los autónomos y los dueños de un negocio. Lo decisivo es no poder pagar tus deudas.
¿Estudiamos tu caso en Cáceres?
Reservar mi consulta gratuitaCada caso es distinto. Los requisitos de la ley, completos, aquí.
Marco legal: Ley Concursal y Ley de Enjuiciamiento Civil.
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