Ley de Segunda Oportunidad en Almería
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Se te junta la cuota del préstamo con la de la tarjeta y la de la financiera, y cada mes hay que elegir a quién pagar. Hay una salida legal: la Ley de Segunda Oportunidad en Almería logra que un juez borre las deudas que no puedes pagar, siempre que cumplas los requisitos. Se llama oficialmente exoneración del pasivo insatisfecho (EPI). Tu Segunda Oportunidad lleva todo el proceso a distancia, sin que te muevas.
Para orientarte desde el principio
- Primera consulta gratis, sin compromiso
- Que dejes de elegir cada mes a quién no pagas
- Libérate de tus deudas en Almería
- Nº de colegiado: 106808
- Mediador Concursal
- Más de 2.000 personas han cancelado sus deudas con nosotros
Resultados que puedes comprobar:
Arrancas sin pagar
Sin compromiso
Desde 97€/mes
A distancia
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Cuál es el precio de la Ley de Segunda Oportunidad en Almería
- La primera consulta no se paga. Estudiamos tus deudas, tus ingresos y tu patrimonio, y te hablamos claro: si la Ley de Segunda Oportunidad no te conviene, lo oyes en esa primera reunión.
- El servicio cuesta desde 97 € al mes.
- El abogado de oficio no suele convenir: el trámite es delicado y un plazo mal llevado lo retrasa todo meses. Nosotros cobramos el trámite, pero la primera consulta es gratis y sin compromiso.
Qué juzgado ve tu caso en Almería
Tu expediente lo tramita el juzgado de lo mercantil que corresponde a tu domicilio.
En Almería hay dos plazas en la carretera de Ronda, 120.
Embargos en Almería: cuándo paran
Con presentar la solicitud no basta para detener los embargos: se detienen cuando el juez abre tu procedimiento.
Se acaban las demandas contra ti
Desde que el juez abre tu caso, quedan en pausa los embargos y ningún acreedor puede reclamar por esa vía.
Tu deuda queda congelada
Las deudas se quedan sin intereses desde ese momento. Tienen un trato distinto los sueldos atrasados con trabajadores y lo que respalda una hipoteca o prenda.
Un suelo para tu sueldo
Hasta el salario mínimo no se embarga ni la nómina ni la pensión. Del resto se puede embargar un porcentaje creciente por tramos.
Los embargos antiguos por deudas laborales o públicas tienen un matiz: el juez decide, caso por caso, si pueden continuar.
Qué deudas puedes cancelar en Almería
Sirve para deudas con bancos y financieras, con tarjetas, con préstamos personales y con facturas de empresas que no pudiste pagar.
| Qué debes | ¿Desaparece? |
|---|---|
| Tarjetas y préstamos al consumo | Se pueden cancelar |
| Créditos de consumo y recibos de proveedores | Se pueden cancelar |
| Agencia Tributaria y Seguridad Social estatales | Hasta cierto punto |
Con Hacienda y con la Seguridad Social, el perdón llega a 10.000 € por cada una. Un caso real de cálculo: 6.600 € de deuda con la Seguridad Social. Se perdonan 5.000 € y, de los 1.600 € que quedan, la mitad: 800 €. Pagas 800 €. Todo lo que pase del tope se sigue debiendo.
Nunca se perdona:
- Las pensiones atrasadas de tus hijos o parientes.
- Cualquier indemnización por delito que te haya fijado un juez.
- Lo que se deba por un fallecimiento o por daños a otras personas.
- Hasta dos meses de sueldo que debas a tu plantilla.
- Las multas por delitos y las sanciones administrativas más graves.
- Hasta el valor del bien, la parte cubierta por una hipoteca o una prenda.
Autónomos y negocios en Almería
Sí. Trabajar por cuenta propia o tener un negocio abierto no impide pedirlo. Lo que cuenta es que no puedas pagar.
Nadie te exige cerrar. Puedes seguir en la actividad o cesar y empezar de nuevo.
Tus herramientas, tu maquinaria de mano y tus libros profesionales no se tocan si valen muy poco al lado de lo que se reclama.
En qué casos no vale la ley en Almería
- Haber ocultado o falseado datos al pedir un préstamo, o contraer deudas con la certeza de no poder pagar.
- Una condena firme de cárcel en los últimos diez años por un delito contra el patrimonio, Hacienda o la Seguridad Social, con pena máxima de tres años o más, sin cumplir.
- Que el juez declare culpable tu concurso, que es el procedimiento judicial de tus deudas.
- Después de cancelar deudas con la ley, toca esperar: 2 años si se pagó con plan y 5 si se vendieron bienes.
Lo revisamos antes, sin coste. Si no cumples lo que pide la ley, te lo explicamos sin rodeos.
Preguntas comunes sobre la Ley de Segunda Oportunidad en Almería
¿Debo ir a algún lugar?
No. Todo es por internet y acudir al juzgado ocurre muy pocas veces.
¿A partir de qué momento no me pueden embargar?
Desde que el juez abre tu procedimiento. Aunque presentes la solicitud, siguen hasta entonces.
¿Mi casa corre peligro si tiene hipoteca?
Con la hipoteca hay que mirar tu caso concreto. En la consulta gratuita te explicamos qué puede ocurrir.
¿Puedo pedirlo siendo empresario?
Sí, es posible siendo autónomo o con negocio propio. La clave está en no poder pagar tus deudas.
¿Damos el paso en Almería?
Pedir mi consulta gratuitaCada caso se estudia aparte. Este es el listado de requisitos.
Marco legal: Ley Concursal y Ley de Enjuiciamiento Civil.
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