Comprobar si tienes deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) no es un simple trámite: es el paso que te permite evitar embargos, intereses y sanciones innecesarias.
Si eres autónomo o tienes empleados, sabes que un retraso en las cuotas o una sanción impagada puede convertirse en una bola de nieve difícil de parar.
Esta guía te explica, con claridad y sin tecnicismos:
- Cómo consultar tus deudas con la Seguridad Social paso a paso.
- Qué hacer si ya hay recargos o embargos activos.
- Cuándo prescribe una deuda con la Seguridad Social.
- Y la vía legal para cancelar parte de la deuda pública y empezar de nuevo.
1. ¿Por qué puedes tener deudas con la Seguridad Social?
Muchos autónomos descubren tarde que tienen deudas con la TGSS.
Estas deudas pueden surgir por varios motivos:
- No pagar tus propias cotizaciones o las de tus empleados.
- Incumplir un aplazamiento previamente aprobado.
- Recibir una sanción administrativa y no abonarla a tiempo.
- O simplemente, no haber recibido o revisado las notificaciones electrónicas.
2. Cómo Saber si Tienes Deudas con la Seguridad Social (Método Oficial)
La forma más segura y completa de saber si tienes deudas es consultar tu Informe de Deuda en la Sede Electrónica de la TGSS.
Solo necesitas tu Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
Paso a Paso
| Paso | Detalle |
|---|---|
| 1 | Entra en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. |
| 2 | Accede a: Ciudadanos → Recaudación → Informes → Informe de Deuda. |
| 3 | Identifícate con Cl@ve, certificado o DNI electrónico. |
| 4 | Descarga tu informe oficial, donde verás: Si existen deudas pendientes; El importe exacto; Los recargos o intereses aplicados; El estado del expediente (pago, apremio o embargo). |
Consejo: si quieres saber cuánto debes exactamente ese mes, consulta el portal después del día 26, cuando ya están actualizadas las cuotas.
3. Consulta Alternativa: Import@ss y Otros Trámites Útiles
La Seguridad Social también dispone del portal Import@ss, donde puedes gestionar tus datos y deudas de forma más visual.
Deudas y pagos
Consultar tus deudas y pagos pendientes.
Comprobantes
Descargar comprobantes de pago.
Aplazamiento
Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de deuda.
Certificados
Obtener un certificado de estar al corriente (necesario para subvenciones o licitaciones).
Reintegros
Solicitar reintegros o comprobar bonificaciones.
Pago online
Pago por tarjeta o transferencia si tu deuda está activa.
4. ¿Tu Deuda con la TGSS ha Caducado? El Plazo de 4 Años
Una de las preguntas más recurrentes es si las deudas con la Seguridad Social se extinguen por el paso del tiempo.
La ley establece que el derecho de la TGSS a exigir el pago expira a los cuatro años. Sin embargo, en la práctica legal, esta caducidad es sumamente inusual.
El mecanismo de interrupción: El plazo de cuatro años se detiene y se reinicia desde cero con cualquier requerimiento, notificación o acción de cobro oficial que te envíe la Administración.
En resumen: si la Seguridad Social sigue enviando cartas o notificaciones electrónicas, la deuda se mantiene viva. Por ello, esperar la prescripción es una estrategia de alto riesgo que no se recomienda.
¿Te preguntas si tu deuda sigue vigente?
5. Qué Hacer si la Deuda es Real (y No Puedes Pagar)
Cuando la deuda es cierta y no puedes afrontarla, intentar ignorarla o esperar a que prescriba no servirá.
Cada mes se acumulan intereses y recargos del 10 %, 20 % o incluso el 35 %.
Aquí es donde entra la solución legal real.
Cómo Cancelar Parte de la Deuda Pública
Desde la reforma de la Ley Concursal (Ley 16/2022), el juez puede reducir o cancelar parte de tus deudas con la Administración si acreditas buena fe y una situación económica límite.
El procedimiento permite:
- Cancelar hasta 10.000 € de deuda con la Seguridad Social.
- Cancelar hasta 10.000 € con Hacienda.
- El resto se reestructura en un plan de pagos sin intereses de hasta 5 años.
En total, puedes borrar hasta 20.000 € de deuda pública y suspender los embargos desde el primer día de admisión.
6. Qué Hacer si Ya Tienes un Embargo Activo
Si la TGSS ya ha ordenado el embargo de tu nómina o cuenta, no esperes una negociación amistosa.
El único modo de paralizar el proceso es mediante la presentación judicial de insolvencia.
En cuanto el juez admite la solicitud:
- Todos los embargos se suspenden.
- Los intereses dejan de crecer.
- Y se inicia el proceso para cancelar o reducir la deuda.
Incluso si ya te embargaron parte del dinero, el resto queda congelado desde ese momento.
¿Necesitas frenar tu embargo hoy?
La Ley de Segunda Oportunidad puede ser tu salvación.
7. Tu Deuda No Es el Final, Es el Comienzo de una Solución
Saber si tienes deudas con la Seguridad Social no es un castigo.
Es el paso más inteligente para proteger tu economía y empezar de nuevo con seguridad legal.
En Tu Segunda Oportunidad te ayudamos a:
- Analizar tu situación económica real.
- Comprobar tus deudas y notificaciones.
- Iniciar el proceso judicial que puede cancelar hasta 20.000 €.
- Diseñar un plan de pagos justo, sin intereses ni recargos.
Tu deuda no define quién eres. Tu decisión de actuar, sí.
8. Preguntas Frecuentes sobre Deudas con la Seguridad Social
¿Cómo saber si tengo deuda con la Seguridad Social?
Consulta la sede electrónica o Import@ss con tu Cl@ve o certificado digital.
¿Cuándo prescribe una deuda con la Seguridad Social?
A los 4 años, siempre que la Administración no haya reclamado durante ese tiempo. Cualquier requerimiento interrumpe el plazo.
¿Puedo aplazar o fraccionar mi deuda?
Sí, si cumples requisitos, puedes solicitarlo desde la sede electrónica.
¿Se pueden cancelar deudas con la Seguridad Social?
Sí. El juez puede eliminar hasta 10.000 € y fijar un plan sin intereses para el resto.
¿Puedo paralizar un embargo de la TGSS?
Sí, con la admisión judicial del procedimiento de insolvencia.
¿Cuánto tarda el proceso?
Entre 6 y 18 meses. La suspensión de embargos es inmediata.
Tu Próximo Paso
No dejes que el miedo a “ver cuánto debes” te frene.
Saber si tienes deudas con la Seguridad Social es el primer paso para solucionarlas.
Con un análisis gratuito y confidencial sabrás:
- Si tienes deuda activa.
- Cuánto puedes cancelar.
- Y qué plan legal se adapta a ti.
En menos de 24 horas tendrás tu diagnóstico y un plan de acción claro.