Ley de Segunda Oportunidad en Granada
¿Debes más de 5.000 € en Granada y no llegas a fin de mes?
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Pagar una deuda con otra, renegociar cada mes y seguir sin llegar. Ese círculo tiene salida legal: la Ley de Segunda Oportunidad en Granada da la posibilidad de que un juez cancele lo que no puedes pagar, cumpliendo los requisitos. Se conoce como exoneración del pasivo insatisfecho (EPI). Tu Segunda Oportunidad lo lleva contigo por internet.
Lo que debes saber antes de llamar
- Primera consulta gratis, sin compromiso
- Que el sueldo deje de esfumarse el día de cobro
- Libérate de tus deudas en Granada
- Nº de colegiado: 106808
- Mediador Concursal
- Más de 2.000 personas han cancelado sus deudas con nosotros
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Qué precio tiene la Ley de Segunda Oportunidad en Granada
- La primera consulta es gratis. Miramos tus deudas, tus ingresos y tus bienes y te decimos con sinceridad si esta ley te sirve.
- Si sigues, pagas desde 97 € al mes.
- El abogado de oficio no es lo mejor para esto: el trámite es técnico y un plazo mal llevado lo puede alargar meses. Con nosotros pagas el trámite, pero la primera consulta es gratis y sin compromiso.
Qué juzgado ve tu caso en Granada

Un juzgado de lo mercantil, el de tu zona, se encarga del caso.
En Granada hay dos plazas en la avenida del Sur, 3.
Imagen ilustrativa de Granada.
Embargos en Granada
No se paran con la solicitud, sino cuando el juez abre el procedimiento con un auto (la resolución con la que empieza).
Se paran los embargos
Los que ya corrían se detienen y no te pueden abrir otros.
Tu deuda deja de crecer
Se dejan de sumar intereses, salvo en sueldos atrasados de trabajadores y en deudas con hipoteca o prenda.
Tu sueldo, protegido
Hasta el salario mínimo no se te puede embargar; lo que pasa de ahí, solo por tramos.
El detalle de tu caso lo explicamos en la consulta. Y si quieres leer la ley paso a paso, tienes la guía completa de la Ley de Segunda Oportunidad.
Qué deudas puedes cancelar en Granada
Puedes cancelar tarjetas, préstamos personales, compras a plazos y facturas sin pagar.
| Qué debes | ¿Desaparece? |
|---|---|
| Tarjetas y préstamos personales | Se cancelan |
| Compras en cuotas y facturas de proveedores | Se cancelan |
| Hacienda estatal y Seguridad Social | Hasta un tope |
Hacienda y Seguridad Social tienen un tope de 10.000 € cada una. Un caso: debes 7.800 € a Hacienda. Se perdonan 6.400 € (5.000 € de entrada y la mitad de los 2.800 € que sobran) y pagas 1.400 €. Lo que debas a la Agencia Tributaria de Andalucía se estudia por separado.
No se cancela:
- Los alimentos de hijos o familiares que adeudes.
- Las indemnizaciones por un delito o por muerte o lesiones de otras personas.
- Multas penales y sanciones administrativas muy graves.
- El tramo de deuda que cubre una hipoteca o prenda, hasta el valor del bien.
Autónomos y negocios en Granada
Sí, también si trabajas por tu cuenta o tienes un negocio. Se mira si puedes pagar lo que debes.
Si estás casado en gananciales
Si estáis casados en gananciales y no habéis liquidado ese régimen, el perdón de las deudas gananciales no alcanza a tu pareja mientras no lo pida y lo consiga ella o él.
Si firmasteis las deudas los dos, lo habitual es plantearlo para los dos. En la consulta lo vemos con vuestros datos.
Y si cobráis los dos, ojo con los embargos: los sueldos de ambos se pueden sumar para calcular lo que no se embarga, salvo que estéis en separación de bienes.
Cuándo no puedes pedir la ley en Granada
- Haber dado datos falsos al pedir dinero, o endeudarte sabiendo que no podías pagar.
- Una condena firme de prisión de los últimos diez años por un delito con pena máxima de tres años o más (contra el patrimonio, Hacienda o la Seguridad Social, por ejemplo) que aún no hayas cumplido.
- Que el juez declare culpable tu concurso, el procedimiento judicial de tus deudas.
- Haber cancelado deudas antes con este sistema: hay que esperar 2 años si fue con plan de pagos y 5 si se vendieron bienes.
Lo comprobamos juntos en la primera consulta, que es gratuita. Si no cumples, te lo decimos y no pagas nada.
Dudas sobre la Ley de Segunda Oportunidad en Granada
¿Tengo que ir a algún juzgado de Granada?
No. Todo se hace por internet. Normalmente tampoco tendrás que declarar ni defenderte delante del juez.
¿Cuándo dejan de embargarme?
Cuando el juez abre el procedimiento con su auto, no el día que presentamos la solicitud. Desde ese auto se paran los embargos en marcha y no pueden empezar otros. Algunos embargos anteriores, de trabajadores o de administraciones, tienen excepciones y las valora el juez.
¿Me seguirán embargando el sueldo?
Hasta el salario mínimo no se puede embargar. Lo que pasa de ahí se embarga por tramos, y la ley tiene en cuenta si mantienes a hijos u otros familiares.
¿Perderé mi casa si tiene hipoteca?
La hipoteca es una deuda con garantía: el banco puede cobrarse con la casa hasta lo que esta vale. Lo que quede de deuda por encima de ese valor sí entra en la cancelación. Si quieres conservar la vivienda, hay que estudiarlo con tus números, y eso lo hacemos en la primera consulta, que es gratis.
Si estoy casado o casada, ¿afecta a mi pareja?
Depende de cómo estéis casados. En gananciales, las deudas comunes pueden tocar el patrimonio de los dos (art. 491 de la Ley Concursal). Con separación de bienes suele cambiar. Lo miramos con vuestros datos antes de decidir nada.
¿Qué pasa con quien me avaló?
Cancelar tu deuda no libera a tus avalistas ni a tus fiadores. El acreedor puede reclamarles a ellos lo que tú ya no debes (art. 492 de la Ley Concursal). Conviene que lo sepan antes de empezar.
¿Cuánto tarda todo esto?
Lo habitual es que tarde entre 3 y 8 meses, pero depende del juzgado y de tu caso. En la consulta te explicamos qué pasos vienen y en qué orden.
¿Puedo hacerlo con un negocio abierto?
Sí, siempre que no puedas pagar tus deudas. No tienes que cerrar. Los instrumentos que usas para trabajar no se pueden embargar cuando su valor no guarda relación con la deuda que se reclama.
¿Me lo pueden quitar después?
Sí, durante los tres años siguientes un acreedor puede pedirlo si se descubre que ocultaste bienes o ingresos (art. 493 de la Ley Concursal). Por eso se declara todo desde el principio.
¿Estudiamos tu caso en Granada?
Reservar mi consulta gratuitaCada caso es distinto. La lista completa de requisitos, aquí.
Marco legal: Ley Concursal y Ley de Enjuiciamiento Civil.
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