Te acosan las deudas. Es momento de parar el estrés y los embargos.
Si las llamadas de cobro no cesan, tu nómina está embargada y cada día te preguntas cómo declararme insolvente o qué pasa si lo hago, no estás solo/a. Declararte insolvente no es rendirte: es el paso legal que te permite acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y recuperar el control.
Somos expertos en insolvencia y te acompañaremos de principio a fin para que conviertas esta crisis en tu nuevo comienzo.
1. Qué es la insolvencia y cuándo la declara un juez
La insolvencia se da cuando una persona o un/a autónomo/a no puede atender de forma regular sus pagos. No basta con no tener dinero; hay que demostrar ante el juez una incapacidad real y duradera para hacer frente a las deudas.
Tipos de insolvencia reconocidos por la ley
Insolvencia actual
El/la deudor/a ya no puede pagar las deudas vencidas.
Insolvencia inminente
Prevé que en los próximos meses no podrá hacerlo. Es el momento idóneo para actuar antes de que el problema se agrave.
Solo un Juzgado de lo Mercantil puede declarar oficialmente la insolvencia dentro de un procedimiento concursal. Esa declaración abre la puerta al Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), previsto en la Ley 16/2022 que modifica el TRLC.
Dato clave: declararte insolvente no es bancarrota. Es la vía legal para cancelar tus deudas y empezar de nuevo con respaldo judicial.
2. Requisitos clave para declarar insolvencia con éxito
Para que el juez acepte tu solicitud, deben cumplirse las condiciones que marca la ley concursal.
Tabla: ¿eres elegible para declararte insolvente?
| Requisito | Descripción |
|---|---|
| Persona física | Ser particular, consumidor/a o autónomo/a. |
| Pluralidad de deudas | Tener al menos dos acreedores distintos (bancos, Hacienda, Seguridad Social, etc.). |
| Límite de deuda | No superar los 5 millones de euros. |
| Situación económica | Estar en insolvencia actual o inminente. |
| Buena fe | No haber sido condenado/a por delitos económicos ni haber ocultado bienes. |
El pilar de la buena fe
No ocultar bienes ni falsear ingresos es clave para la exoneración. Si tus deudas provienen de pérdida de ingresos, enfermedad o revés económico, cumples el requisito esencial.
Dato vital: puedes declararte insolvente aunque tengas nómina si tus ingresos no cubren necesidades básicas. La ley protege tu sustento y el de tu familia.
3. Cómo declarar la insolvencia: el proceso paso a paso
El proceso judicial tiene una estructura clara. Con un equipo especializado, el camino hacia la exoneración es seguro y transparente.
Tabla: etapas del procedimiento judicial
| Fase | Acción clave | Consecuencia legal |
|---|---|---|
| Paso 1 | Asesoramiento y recopilación de documentación (nóminas, IRPF, deudas, bienes). | Se presenta la solicitud de insolvencia. |
| Paso 2 | Admisión judicial. | El juez declara el concurso de acreedores. |
| Paso 3 | Suspensión de embargos y reclamaciones. | Se paralizan embargos, ejecuciones e intereses. |
| Paso 4 | Nombramiento del administrador concursal. | Evalúa tu patrimonio y propone la vía de exoneración. |
| Paso 5 | Resolución judicial (BEPI). | El juez cancela las deudas o aprueba un plan de pagos. |
¿Tu nómina está embargada o temes perder tu vivienda?
Podemos iniciar tu procedimiento esta misma semana y detener el acoso financiero.
4. El objetivo final: la cancelación de deudas (BEPI)
El BEPI es la resolución judicial que cancela total o parcialmente tus deudas. Existen dos vías principales según la Ley 16/2022. Elegir la vía correcta depende de tu patrimonio, ingresos y situación familiar.
Vía A. Exoneración con liquidación (borrón total)
Si no posees bienes de valor o decides liquidarlos, se cancelan las deudas tras vender el patrimonio disponible.
Vía B. Exoneración sin liquidación (plan de pagos)
Si prefieres conservar tu vivienda o herramientas de trabajo, puedes acogerte a un plan de pagos ajustado a ingresos reales por un máximo de 5 años.
Recomendación
Revísalo con un/a especialista para maximizar la exoneración.
5. Casos especiales: autónomos, vivienda y deudas públicas
5.1. Autónomos: la continuidad posible
El/la autónomo/a puede declararse insolvente como persona física y cancelar deudas del negocio sin cerrar la actividad.
5.2. Vivienda habitual: el hogar protegido
Si la hipoteca está al corriente o se integra al plan, puedes conservar tu vivienda. Se respeta el mínimo inembargable del SMI.
5.3. Deudas públicas y excepciones
Exonerables hasta 10.000 € con Hacienda y 10.000 € con Seguridad Social. Multas y delitos no se cancelan.
6. Declarar insolvencia: un acto de responsabilidad, no de rendición
Declarar insolvencia es una decisión valiente. Reconoce un límite y abre la puerta para empezar de nuevo con dignidad.
Caso real: María, autónoma y madre soltera, acumuló 45.000 €. Con plan de pagos, canceló el 80 % y mantuvo su vivienda. Hoy vive sin embargos.
La declaración judicial no te marca: te libera. Es tu segunda oportunidad real.
Preguntas frecuentes sobre la declaración de insolvencia
¿Qué es el BEPI?
Es el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, la resolución judicial que cancela tus deudas y te permite empezar de nuevo.
Puedes ver cómo funciona y qué requisitos tiene en esta guía completa sobre el BEPI.
¿Cuánto tarda el proceso?
Entre 6 y 18 meses, según la carga del juzgado y la complejidad del caso.
¿Puedo salir de los ficheros de morosos?
Sí. Al obtener el BEPI deben eliminarte de ASNEF y RAI.
¿Qué deudas se pueden cancelar?
Préstamos, tarjetas, avales y parte de las deudas públicas (hasta 10.000 € con Hacienda y 10.000 € con la Seguridad Social).
¿Puedo volver a declararme insolvente?
Sí, pero deben pasar diez años desde la primera exoneración.
¿Puedo declararme insolvente si tengo nómina?
Sí. Si tu sueldo no cubre gastos básicos, puedes acogerte al procedimiento.
¿Si soy insolvente, me pueden embargar?
Sí. Cuando no puedes pagar tus deudas, los acreedores pueden embargarte parte del sueldo, cuentas o bienes.
Ahora bien, si inicias el procedimiento legal correspondiente, el juez detiene los embargos y protege tus ingresos básicos. Nadie puede seguir quitándote lo poco que tienes para vivir.
Y cuando el proceso termina, las deudas se cancelan y los embargos desaparecen para siempre.
En nuestro despacho ayudamos a personas como tú a parar a tiempo. La primera consulta es gratuita y confidencial.