El miedo a perder la vivienda habitual es normal cuando las deudas aprietan. Con la nueva Ley de Segunda Oportunidad, en muchos casos puedes conservar tu hogar incluso con hipoteca activa, si se cumplen ciertos requisitos.

Qué pasa con tu casa dentro del procedimiento
En el proceso el juzgado puede ordenar liquidar bienes para pagar a acreedores, incluida la vivienda habitual. Pero no siempre se pierde: los juzgados valoran el impacto social y económico y pueden mantenerla fuera si venderla empeora la situación o no aporta solución real (por ejemplo, ejecución hipotecaria inminente con poco beneficio).
Cuándo puedes conservar tu vivienda
Pagas la hipoteca con normalidad
Si no hay impagos, no se fuerza la ejecución. Es frecuente en segunda oportunidad e hipoteca y suele resolverse sin vender.
Valor inferior a la deuda
Si vender genera más deuda, mantener el inmueble puede ser lo más sensato según la ley.
Necesidad habitacional
Con menores, dependencia o discapacidad en el hogar, puede primar el derecho a la vivienda.
Venta sin beneficio real
Si los gastos superan el ingreso o no mejora tu economía, puede evitarse la liquidación.
Qué valora el/la juez/a
- Si es tu única vivienda.
- Presencia de personas vulnerables (menores, discapacidad, dependencia).
- Ingresos y estabilidad.
- Estar al corriente de la hipoteca.
- Beneficio real (o perjuicio) de vender frente a conservar.
Si ya no puedes pagar la hipoteca
Puede iniciarse la ejecución hipotecaria. Aun así, la normativa actual permite cancelar la deuda remanente tras la venta si cumples requisitos: perder la casa no implica quedar endeudado/a de por vida.

Vivienda de alquiler
No entra en liquidación porque no es un bien. Debes acreditar que podrás mantener el alquiler tras reestructurar o cancelar deuda.