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Ley de Segunda Oportunidad en Zaragoza: cancela tus deudas y empieza de nuevo
¿Vives en Zaragoza y sientes que tus deudas no te dejan respirar? No estás solo/a. La Ley de Segunda Oportunidad puede ayudarte a salir de esa situación y comenzar de nuevo, sin cargas que te frenen. Este proceso legal está diseñado para personas físicas —ya seas autónomo/a o particular— que, por diferentes motivos, han llegado a un punto en el que seguir pagando es simplemente imposible.
Si cumples ciertos requisitos, puedes solicitar la cancelación total o parcial de tus deudas y dejar de vivir con esa presión constante. Al final del procedimiento, el juez puede concederte lo que se conoce como el perdón de las deudas, un mecanismo legal llamado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI). Es el paso que hace posible que muchas personas hoy estén empezando una nueva etapa en Zaragoza, sin el peso de sus antiguas deudas.
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Mejores abogados de Segunda Oportunidad en Zaragoza
Contamos con un equipo de abogados y economistas especializados en la Ley de Segunda Oportunidad en Zaragoza. Nuestra experiencia nos respalda: llevamos más de 10 años aplicando esta ley con éxito y más de 25 ayudando a personas a salir de situaciones de sobreendeudamiento en toda España.
Hemos acompañado a cientos de personas en Zaragoza a cancelar sus deudas, recuperar su tranquilidad y empezar desde cero con el respaldo legal adecuado. Sabemos lo que se necesita para conseguirlo y te guiamos paso a paso.
Si estás en Zaragoza, te ofrecemos un asesoramiento cercano, claro y totalmente personalizado. Analizamos tu situación, resolvemos tus dudas y, si cumples los requisitos, te acompañamos hasta lograr el perdón de tus deudas.
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¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad en Zaragoza?
Si quieres cancelar tus deudas legalmente en Zaragoza mediante la Ley de Segunda Oportunidad, debes cumplir una serie de condiciones que demuestren tu buena fe y situación real de insolvencia:
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Tener más de un acreedor. Es decir, que tus deudas estén repartidas entre varias entidades: bancos, tarjetas, Hacienda, Seguridad Social, etc.
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Haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con tus acreedores, aunque no se haya conseguido.
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No haber generado la insolvencia de forma deliberada. El juez debe considerar que no actuaste con mala fe.
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No haber solicitado este beneficio en los últimos 10 años, ni haber sido condenado/a por delitos económicos, fiscales o contra los trabajadores.
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No haber rechazado ofertas de trabajo adecuadas a tus capacidades durante los cuatro años previos.
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Aceptar la inscripción del procedimiento en el Registro Público Concursal durante un plazo de cinco años.
Si cumples con estos requisitos, puedes iniciar el proceso y dejar atrás tus deudas con respaldo legal.

FASES DEL PROCEDIMIENTO:
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1 – Proceso de recopilación de los datosNecesarios para el inicio del procedimiento de acuerdo con los requisitos establecidos por la ley.
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2 – Inicio del procedimiento en notariaInicio del procedimiento en notaria con la documentación facilitada por el cliente.
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3 – Acuerdo extrajudicial de pagosReunión entre el deudor y los acreedores con la finalidad de cumplir con el requisito de intentar llegar a un acuerdo entre las partes, previo a la fase de liquidación.
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4 – Fase de liquidaciónEl deudor en caso de tener patrimonio lo debe poner a disposición del procedimiento para su liquidación.
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5 – Solicitud para obtener el BEPISe presenta ante el juzgado dicha solicitud.
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6 – Concesión del BEPIConcesión del BEPI beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. De acuerdo con la resolución judicial establecida en cada caso.
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