Autónomo/a: detén embargos y cancela lo cancelable
Existe una vía legal para salir del ahogo. El procedimiento de insolvencia permite reducir tus deudas con Hacienda y la Seguridad Social y detener los embargos desde el primer momento. Descubre cuánto podrías eliminar y qué plan de pago te permitiría recuperar tu tranquilidad.
1. La Ley Concursal: tu escudo legal ante la Administración
Tras la Ley 16/2022, todo cambió. Hoy los jueces pueden hacer algo que antes parecía imposible: reducir o incluso cancelar parte de tus deudas con Hacienda y la Seguridad Social. Si actúas de buena fe y acreditas que tu situación económica es insostenible, la ley te abre una puerta real para volver a empezar. Ese nuevo comienzo llega a través del procedimiento que regula la Ley de Segunda Oportunidad.
| Concepto | Límite máximo de cancelación |
|---|---|
| AEAT (Hacienda) | 10.000 € |
| TGSS (Seguridad Social) | 10.000 € |
2. ¿Qué ocurre con el exceso de deuda pública?
Si tu deuda supera el tramo exonerable, el remanente no desaparece de golpe. Se ordena en un plan especial aprobado por el juez, sin recargos nuevos, con cuotas proporcionales a tu capacidad real.
Plan especial para el remanente
- Plazo orientativo: hasta 5 años.
- Sin intereses de demora adicionales sobre lo exonerado.
- Cuotas sostenibles y control judicial.
Ejemplo práctico
TGSS 45.000 € → 10.000 € se cancelan con el BEPI. Los 35.000 € restantes se integran en un plan de 3–5 años con cuotas viables.
Dato clave: el juez puede autorizar una cancelación superior si pagar el resto compromete tu subsistencia.
3. Requisitos para exonerar deuda con Seguridad Social y Hacienda
| Requisito | Qué significa en la práctica |
|---|---|
| Insolvencia actual o inminente | No puedes pagar con regularidad ahora o no podrás hacerlo en breve. |
| Pluralidad de acreedores | Al menos dos deudas distintas (p. ej., AEAT y banco, o TGSS y proveedor). |
| Buena fe | Sin ocultación de bienes ni fraude. Colaboración con el juzgado. |
| Límite global de deuda | Referencia habitual: hasta 5 millones €. |
| Documentación | Nóminas/ingresos, IRPF, listado de acreedores, bienes, embargos, etc. |
Si tu negocio funciona, puede continuar durante el proceso.
El plan no debe poner en riesgo tu subsistencia.
4. El proceso paso a paso para cancelar deuda pública
| Fase | Objetivo principal | Beneficio inmediato |
|---|---|---|
| 1. Asesoramiento | Estrategia: liquidación o plan de pagos. Preparar documentación sólida. | Base jurídica y financiera clara. |
| 2. Concurso | Presentación de la solicitud de insolvencia. | Paralización inmediata de embargos (incluidos TGSS/AEAT). |
| 3. Propuesta BEPI | Encaje del plan con acreedores y Administraciones. | Límites de exoneración aplicados. |
| 4. Resolución | Aprobación del BEPI por el juez. | Cancelación hasta 20.000 € y plan sostenible para el resto. |
El poder real: la admisión a trámite detiene de inmediato los embargos y te permite respirar y reorganizarte.
5. Los riesgos de no actuar
5.1 Recargos e intereses
La deuda crece por recargos y demora. Sin plan judicial, la sensación de “pago y no baja” es estructural.
5.2 Embargos y bloqueo financiero
AEAT y TGSS embargan cuentas, nóminas, pensiones y devoluciones. Impacto: bloqueo de crédito, imposibilidad de facturar o licitar con normalidad.
6. Una decisión legal que transforma tu economía
Cancelar deuda con Hacienda y Seguridad Social no es un privilegio: es un derecho si cumples los requisitos. La insolvencia existe para detener embargos, cancelar lo cancelable y pagar lo justo, no lo imposible.
7. Preguntas frecuentes sobre deuda pública con Seguridad Social y Hacienda
¿Qué conceptos de Seguridad Social se cancelan dentro de los 10.000 €?
Cuotas de autónomos impagadas, recargos e intereses de demora vinculados a esas cuotas, siempre dentro del límite exonerable.
¿Qué pasa si incumplo el plan de pagos?
AEAT o TGSS pueden pedir revisión del BEPI sobre el remanente. Por eso el plan debe ser realista desde el inicio.
¿Se cancelan las multas?
Las sanciones graves y deudas por delito no se exoneran. El juez puede adaptar plazos y cuotas según tu capacidad.
¿Cuánto tarda en notarse?
La suspensión de embargos es inmediata con la admisión a trámite. La resolución con cancelación y plan suele llegar en 6–18 meses.
8. Da el paso hoy
Un estudio gratuito puede ser la frontera entre seguir ahogado o volver a empezar. Analizamos tu caso en menos de 24 horas y te damos un plan claro.