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En determinados tramites, a veces es necesario acreditar nuestra situación financiera y/o penal, por este motivo,  tenemos lo que llamamos un certificado de penales, un documento que permite la comprobación por parte del organismo solicitante para comprobar la situación penal de aquella persona que lo requiere. Te lo explicamos con detalle.

¿Qué es el certificado de penales?

El certificado de antecedentes penales (o como se conoce comúnmente, certificado de penales) es un documento de la Administración que emite el Ministerio de Justicia, donde se indica la situación penal de la que goza la persona que lo solicita. ¿Qué significa eso? Que acreditará si una persona ha cometido algún tipo de delito y si ha sido condenado por ello. Si en su historial figura que en algún momento ha sido condenado, también podremos revisar los siguientes datos:
  1. Si ha cumplido la condena impuesta, o no.
  2. Si en el caso anterior fuera que sí, de que régimen de libertad dispone.
  3. Si se le ha privado de libertad en algún momento del proceso.
Debemos destacar que en el certificado de penales únicamente pueden aparecer las condenas firmes, aquellas contra las que no hay la posibilidad de recurso, ya sea porque se han agotado todas las posibilidades de realizar algún tipo de recurso o porque no se ha interpuesto en el tiempo y en la forma de apelación correspondiente. Asimismo, únicamente constarán los delitos que se hayan cometido, no contarán las faltas, ya que estas últimas no cuentan como antecedentes penales. Toda la información recabada en este certificado se encuentra centralizada en el Registro Central de Penados. Este registro es un archivo donde podemos encontrar los ‘antecedentes penales’, es decir, los registros de todas aquellas personas mayores de 18 años, por algún tipo de delito cometido en España, o por un español en algún otro país de la Unión Europea. Anteriormente, el certificado de penales se daba como valido a la hora de realizar puestos de trabajo que requieran trato con menores, actualmente, no son adecuados y se exige el Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual.

¿Cómo puedo solicitar el certificado de antecedentes penales?

Para solicitar el certificado de antecedentes penales podemos recurrir a tres formas distintas:

Solicitar el certificado de penales de forma presencial

Podemos solicitarlo en los Registros Civiles, en las Gerencias territoriales del Ministerio de Justicia, y en Madrid en la oficina central de atención al ciudadano. En el caso de requerirlo en la ciudad de Barcelona, nos podemos dirigir al Registro de la Gerencia Territorial de Justicia de Cataluña, C/Caballero 52-56. En la mayoría de los casos no se puede obtener el certificado al momento, por eso el Ministerio estipula un periodo de espera que en general no supera los 3 días hábiles desde que la unidad expendedora recibe la solicitud. El plazo del que dispone la Administración para realizar esta expedición es de 10 días hábiles desde la expedición del mismo.

¿Cuáles son los pasos a seguir para acceder al certificado de penales de forma presencial?

  1. El interesado debe acudir personalmente a alguna de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia que hay en España. Debemos recalcar que no es necesario que la Gerencia Territorial sea la del domicilio de la persona interesada, sino que puede pedir este documento en culquiera de ellas.
  2. Una vez que el interesado acuda a cualquier Gerencia Territorial, debe solicitar un impreso de tasa (modelo t90), rellenarlo con los datos que se piden y abonar el importe de la tasa correspondiente (3,78 euros) en cualquier entidad bancaria que figuran detallado en el impreso.
  3. Con la tasa previamente abonada, deberá acudir de nuevo a la Gerencia Territorial con su documento de identidad y solicitar el certificado de antecedentes penales.
  4. La expedición del certificado de penales es automática, se entrega por el funcionario al momento.

Pedir el certificado de antecedentes penales a través del correo postal

Cabe la posibilidad de solicitar el certificado de antecedentes penales a través de correo postal, pero será necesario aportar fotocopias de los documentos de identificación, además de incluir el justificante de pago de las tasas correspondientes al proceso (tiene un coste de 3,78€ aprox). El sobre debe ir dirigido a las direcciones que les indicamos a continuación:
  • Si es de Madrid o del extranjero, puede dirigirse a la Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia. Su dirección es C/Bolsa, 8, 28012 de Madrid.
  • Si lo solicita desde otra comunidad autónoma, debe enviarlo a alguna de las Gerencias territoriales del Ministerio de Justicia

¿Cuales son los pasos a seguir?

Primero, debemos descargar el modelo 790 (puedes descargarlo desde este enlace) y rellenarlo con los datos que se demanden. Se debe incluir el numero de justificante en el apartado que pone ‘Tasas Administrativas 790‘. Una vez teniendo el documento cumplimentado, se habrá de realizar el pago correspondiente de las tasas, ya sea por medio de la banca electrónica (se puede realizar en la misma web de la Agencia Tributaria) o por medio presencial desde nuestro banco. En este último caso solo será necesario acudir con el impreso 790 y realizar el pago en el acto. Si nos encontramos desde el extranjero, acudiremos con nuestro modelo 790 a un banco español que colabore con la Agencia Tributaria y que tenga sucursal en el país donde se solicite el certificado. La entidad responsable será la encargada de acreditar el pago de las tasas en la copia «Ejemplar para la administración«. Datos de la cuenta: Otra manera de realizar el pago de las tasas si nos encontramos en el extranjero es mediante transferencia bancaria. Se utilizará el IBAN o el Código Internacional de la cuenta de ingresos restringida del Ministerio de Justicia. Eso sí, debemos presentar el justificante de pagos junto al «ejemplar para la Administración» que consta en el modelo 790.
  • Entidad bancaria: BBVA
  • Titular de la cuenta: Ministerio de Justicia – Cuenta Restringida Recaudación Tasas Extranjero
  • NIF del titula de la cuenta: S-2813610-I
  • IBAN o Código Internacional de Cuenta Bancaria: IBAN ES62 0182 2370 4202 0800 0060
  • Código de Identificación Bancario (BIC) del BBVA: BBVAESMMXXX

Solicitgar el certificado de antecedentes penales a través de internet

Otra manera de acceder de manera sencilla al certificado de penales es a través de internet. Se puede pedir desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia en el siguiente enlace. Para acceder a él, debemos disponer del certificado digital, DNI electrónico o la clave de acceso. Acceder a la solicitud del certificado digital implica el pago de las tasas a través de la Agencia Tributaria. También debemos saber que la descarga del certificado no es instantánea, sino que puede llegar a tardar de 24 horas a tres días hábiles.Después de transcurrir el plazo de tiempo necesario, el Ministerio de Justicia informará al ciudadano a través de una dirección de email en el momento en el que su certificado esté disponible para descargar. No sería de extrañar que se produzcan errores en la solicitud (‘Error en los datos de identidad suministrados. Por favor, revise sus datos personales y consígnelos tal como figuran en su documento de identidad DNI o NIE’), pero no hay que alarmarse. Esto tiene fácil solución, debemos indicar en el formulario el nombre del padre y de la madre, según consta en el DNI de quien hace la solicitud.

Acceder al certificado de penales por internet paso a paso

A continuación, explicaremos paso a paso la manera de obtener el certificado de antecedentes penales de manera sencilla.
  1. El primer paso será acceder a la página web del Ministerio de Justicia (puede acceder desde este enlace). Recomendamos acceder con Microsoft Edge, ya que nos facilitará el proceso porque se trata de un navegador rápido y accesible. 
  2. Una vez hemos conseguido acceder a la página, nos dirigiremos a la opción de Solicitud de certificado electrónico de Antecedentes Penales, y seguidamente a Tramitación on-line con CL@VE.
  3. Nos aparecerá una pantalla donde nos indica las opciones que tenemos para acceder a nuestro certificado de antecedentes penales. Tanto con DNI electrónico, como Cl@ve permanente. La opción más intuitiva y rápida es acceder con el Acceso PIN 24H.
  4. Para ello, debemos instalar la APP en nuestros teléfonos moviles con el fin de ahorrarnos tiempo y de hacer el proceso lo más sencillo posible. Basta con buscar ‘Cl@ve PIN‘ en nuestro App Store, y descargar.
  5. Nos dirigiremos a la App que acabamos de instalar y procedemos a entrar. Nos pedirá que aceptemos una serie de condiciones para encontrarnos con su pantalla principal, que será la siguiente. Si verificamos como persona física, en la siguiente pantalla, tal y como nos indica, debemos tener a mano nuestro DNI para indicar tanto el número, como la fecha de vencimiento o soporte del mismo, y nuestro nombre que nos pedirán unos pasos más adelante.
  6. Antes de continuar con el proceso, debemos descargarnos la app ‘ZOOM‘, que podremos encontrar en la app store de nuestro teléfono movil. Esto nos servirá para proceder al siguiente paso de una manera más ágil. Una vez instalada, podemos seguir a la verificación de nuestra identidad en la app ‘Cl@ve PIN‘.
  7. Para validar nuestra clave PIN, nos dan varias opciones para que podamos decidir la mas idónea. Desde TuSegundaOportunidad recomendamos validar nuestra clave a través de videollamada. Aquí es donde entra la app que nos hemos descargado anteriormente, que nos servirá para proceder a la videollamada, dónde nos pedirán una serie pasos.  
  8. Accedemos a la videollamada de prueba para verificar nuestra identidad. Cabe recalcar que el horario para realizar la videollamada de verificación es de 9 a 14 h. Por lo que si intentamos realizar la verificación fuera de este horario, será imposible que un operario de la Administración se ponga en contacto con nosotros. En esta llamada lo que nos pedirán será que mostremos nuestro DNI por las dos caras, para comprobar efectivamente si somos los titulares.
  9. Debemos esperar a realizar la verificación del mismo. Una vez todo se ha completado correctamente, nos saldrá esta pantalla conforme debemos  que la Dirección General de la Policia verifique nuestros datos de identidad.
  10. Nos aparecerá una especie de desplegable donde debememos rellenar nuestros datos tal y como aparecen en nuestro documento de identidad. Igual que nuestros datos de contacto, cómo el teléfono y el correo electrónico.
  11. Una vez con todos los datos rellenados, nos redirigirá al metodo de pago electrónico. Como bien hemos comentado antes, debemos abonar una tasa de 3,78€ para poder obtener nuestro certificado. Las formas de pago aceptadas por la Administración son a través de cargo en la cuenta o pago con tarjeta.
  12. Podemos comprobar el listado de las entidades con las que opera la Administración desde el mismo Método de pago. 
  13. Cuándo ya hemos escogido el método de pago para realizar el pago del las tasas, debemos elegir la finalidad a la que se destinará el certificado. Nos aparecerá un desplegable con todas las opciones a escoger, asi que elegiremos el motivo por el que lo queremos obtener. También, el país de destino para el que lo necesitamos.
  14. Enviamos la información, y nos pedirá que confirmemos todos los datos que hemos proporcionado anteriormente. Simplemente revisamos que todos los datos estén correctos y volvemos a confirmar.
  15. Si hemos seguido todos los pasos correctamente, nos tiene que aparecer que nuestra solicitud se ha procesado con éxito. Esto quiere decir que el certificado ya está generado.
  16. Si deslizamos hacia abajo, podremos ver como nos aparecen dos opciones, tanto de descarga del certificado como del justificante. En nuestro caso lo que nos interesa es el certificado en sí, por lo que procedemos a su descarga.
  17. Finalmente, ya tendremos nuestro certificado de penales en la unidad de descarga que hayamos escogido. Por lo que en este caso, ya estará listo para su impresión.

¿Cómo puedo proceder a la cancelación de los antecedentes penales?

Para que sea posible cancelar los antecedentes penales hace falta cumplir tres requisitos:
  1. Que la pena por la que se ha sentenciado se haya extinguido.
  2. También que haya transcurrido el plazo estipulado en el artículo 136 del Código Penal desde que se produjo la extinción de la pena.
  3. Que el plazo de extinción no se haya interrumpido debido a que se ha cometido un nuevo delito.

¿Cuándo se extingue la pena?

Se puede extinguir la pena derivado de alguno de los siguientes puntos:
  1. Llegado su cumplimiento: prisión, multa, trabajos en beneficio de la comunidad, inhabilitación, etc.
  2. Por suspensión de la pena, por el cumplimiento de las condiciones establecidas cuando se otorga el beneficio.

¿Que plazo debe transcurrir desde la extinción de la pena?

Llegados a este punto establecemos un doble parámetro, dependiendo de 1) La naturaleza de la pena o 2) su cuantía.
  • En las penas que se puedan catalogar de leves, los antecedentes penales se cancelarán una vez transcurrido el plazo de seis meses desde su extinción.
  • También, en las penas que no excedan los doce meses o las que se impusieron por algun tipo de delito imprudente, el plazo de cancelación de antecedentes penales será de dos años.
  • Las penas por delitos menos graves inferiores a tres años, la cancelación de los antecedentes penales será transcurridos tres años desde la extinción de la pena.
  • El plazo será de cinco años para las penas iguales o superiores a tres años que tengan consideración de menos graves. Estas son las que van desde los tres hasta los cinco años.
  • En el caso de las penas graves, deberá pasar un plazo de diez años. Las penas graves están consideradas como: prisión permanente revisable, prisión superior a cinco años, la inhabilitación absoluta y las inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años.
Cuando hablamos de penas leves, nos referimos a todas las penas de multa que puede ser potencialmente de tres meses. Vamos a mencionar un ejemplo, en el artículo 255 del Código Penal, se refleja que serán sancionados con multa de tres a doce meses el delito de defraudación de fluido eléctrico. Puede pasar que además de la multa, se pueda imponer una pena alternativa de prisión.

¿Puede pedir el certificado otra persona que no sea el interesado?

El certificado de penales si que lo puede pedir otra persona que no sea el interesado, pero este trámite no es tan sencillo. Debe acreditar su identidad, además de aportar en la solicitud la siguiente información de la persona de la que se quiere pedir el certificado de antecedentes penales:
  • Original o fotocopia del documento de identificación (en vigor) del representado
  • Original o fotocopia del documento que acredite la repersentación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de la misma (tiene que ser un documento público autorizado por el notario, documento privado con firmas legitimadas o documento privado otorgado en comparecencia personal del interesado ante empleado público)
  • Cuándo se solicita el certificado respecto a una persona juridica, se debe acreditar dicha representación mediante un documento público notarial, presentando original o copia del mismo.

En Tu Segunda Oportunidad queremos que empieces una nueva vida sin deudas, y para ello uno de los requisitos imprescindibles es obtener el certificado de penales. Gracias a la Ley de Segunda Oportunidad, cada vez son más personas las que logran acogerse a este proceso y se ven reconfortados por ello. ¿Necesitas más información? Contacta con nuestros asesores y ellos mismos podrán informarte de todo el procedimiento que debes seguir.

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En Tu Segunda Oportunidad somos especialistas en la Ley de la Segunda Oportunidad en toda España.

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Abogado en Derecho Concursal, soy experto en términos de Ley de Segunda Oportunidad tanto para personas físicas no empresarias como para autónomos. Mi experiencia en administración y mediación concursal permiten que pueda coger una visión clara del procedimiento desde todos los aspectos, algo que el cliente puede traducir como seguridad en el proceso.

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