Open/Close Menu Expertos en La Ley de Segunda Oportunidad
Cuando una empresa se hunde en un pozo de deudas, a veces es difícil saber cómo hacer frente a los pagos. Esta situación está a la orden del día entre muchos profesionales y autónomos que los lleva a una situación de insolvencia insostenible. Por ello, muchos acaban cerrando definitivamente sus negocios delante de la imposibilidad de cumplir con sus obligaciones de pago. Existen diversas soluciones jurídicas para acabar con este tipo de problemas que nos dan tanto dolor de cabeza. ¿Conoces el concurso de acreedores? ¿Sabes como puede ayudar a continuar con la actividad normal de tu negocio? Te lo explicamos detalladamente.

¿Qué es el concurso de acreedores?

El concurso de acreedores es una herramienta que tiene como objetivo reflotar el negocio cuando se encuentra en una situación de crisis durante el proceso concursal. Una empresa puede solicitar acogerse a un concurso de acreedores cuando no dispone de la liquidez necesaria para hacer frente a sus obligaciones de pago.
La Ley Concursal 22/2003 del 9 de julio de 2003 expone que solo podrán someter al concurso de acreedores las empresas que ‘no puedan cumplir con regularidad sus obligaciones de pago’.
Para que se dé este supuesto, el deudor debe demostrar que su estado de insolvencia es actual o inminente. Si después del estudio se da fe de esta situación, se podrá deshacer de hasta un 50% de los créditos que estén clasificados como ordinarios.

¿En qué momento puedo solicitar un concurso de acreedores?

Primero debemos tener en cuenta que la empresa debe encontrarse en una situación de insolvencia. Es decir, que no puede hacer frente por ningún medio a sus obligaciones, ya sean de crédito, tributarias, salarios, indemnizaciones o de cualquier otro tipo. Cabe destacar que la Ley diferencia entre la insolvencia que la empresa tiene actualmente y la inminente. La situación de insolvencia inminente se da cuando el deudor prevé que no será capaz de cumplir sus obligaciones de forma regular y puntualmente.

¿Cómo solicitar el concurso de acreedores?

Existen dos formas de solicitar un concurso:
  • Voluntariamente. La persona física o el responsable legal de la empresa es quién lo solicita de forma voluntaria. Si este responsable tiene conocimiento de que la empresa va a entrar en un estado de quiebra, su obligación es solicitar el concurso. Si se da el caso contrario, puede caer sobre el mismo multas o puede llegar a ser imputado si el juez considera que la quiebra ha sido provocada por fines ilícitos.
  • Forzosamente. Esto se da si lo solicita alguno de los socios o los acreedores. Puede producirse cuando hay desavenencias con la dirección. El juez tramita la solicitud del concurso y es quien decide si finalmente se lleva a cabo o no.

¿Cuánto tiempo tengo para solicitarlo?

El deudor tiene un plazo de dos meses para solicitar un concurso de acreedores desde que conoce el estado de insolvencia de su negocio. Antes de que acabe este plazo legal, dispone de la posibilidad de informar al juzgado del inicio de las negociaciones para lograr un acuerdo de refinanciación de las deudas. También debemos tener en cuenta que desde que presentamos la comunicación, pueden iniciarse ejecuciones tanto judiciales como extrajudiciales de bienes o derechos que sean necesarios para la correcta continuidad de la actividad profesional del deudor. Mientras transcurre periodo de negociaciones, el deudor puede solicitar que el concurso no sea publicado en los registros pertinentes. Así, la situación financiera del deudor queda resguardada frente a la opinión ajena. Permite al deudor negociar su refinanciación sin la presión social que supone incurrir en un concurso de acreedores.

Fases del concurso de acreedores

El concurso de acreedores se divide en cuatro fases:
  1. Fase común

La fase común se divide en cuatro partes:
  • Se solicita la declaración del concurso. El juez estudia la solicitud y la posible aplicación de las medidas cautelares.
  • Sale la resolución judicial declarando el concurso o se desestima la solicitud.
  • Aquí se determina la masa activa que existe en la empresa.
  • Se determina la masa pasiva y se clasifican las deudas que tiene la empresa. La clasificación se lleva a cabo entre especiales, generales, ordinarios y subordinados.
  1. Fase de convenio

En esta fase se recibe las propuestas pertinentes de convenio que se da entre el deudor y el acreedor. Este tipo de propuestas deben contener proposición de quita o espero, pueden incluirse ambas en el mismo convenio, siempre que se especifique un plan de pagos. Las proposiciones de convenio deben suponer la continuidad de la actividad empresarial del deudor. Una vez que se presentan las propuestas de convenio, los acreedores pueden votar en la respectiva junta de acreedores por la que opción que consideren más idónea. Si alguna propuesta obtiene la mayoría necesaria para ser aprobada y no tenga ningún defecto o infracción, el juez dará por aprobado el convenio.
  1. Fase de liquidación

El deudor podrá solicitar que en cualquier momento se inicie la fase de liquidación. También en este momento se puede abrir la fase de liquidación cuando no se haya presentado ninguna propuesta de convenio o cuando se presentan varios convenios, pero finalmente no se aprueba ninguno.
  1. Fase de calificación

Aquí se realiza una reflexión sobre el concurso de los acreedores que se ha llevado a cabo con la finalidad de catalogarlo como fortuito o culpable. Un concurso se considera culpable cuando la generación de insolvencia se aprecia una grave culpa por parte del deudor. Cuando el concurso sea declarado como culpable, los afectados quedarán exentos de poder administrar bienes ajenos, condenados a devolver todos los bienes o derechos que hayan podido obtener de forma indebida del patrimonio del deudor, y deberán indemnizar por los daños que hayan podido causar.

¿Quiénes tienen la obligación de solicitar un concurso de acreedores?

Debe ser solicitado por el deudor, pero puede requerirlo cualquiera de sus acreedores o el mediador concursal una vez se inicie el procedimiento del acuerdo extrajudicial de pagos. Si se da el caso de que el deudor sea una persona jurídica, los órganos que se encargan de solicitar la declaración del concurso serán el órgano de administración o de liquidación.

¿Qué solución es la mejor para mi empresa en el caso de ser insolvente?

La empresa debe analizar los problemas que tiene internamente para conocer las soluciones más convenientes para solucionar el problema. Si detectamos una crisis, acudir al proceso judicial debe tener dos principales objetivos: permitir la viabilidad del negocio y proteger a su órgano de administración de las deudas, obligaciones y las responsabilidades sociales.

En Tu Segunda Oportunidad somos especialistas en la Ley de la Segunda Oportunidad en toda España.

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Economista, especializado en administración concursal y asesoramiento tributario Nacional e Internacional. Abarcando posteriormente el asesoramiento en reestructuración de empresas, fusiones-adquisiciones, corporate y estudios de viabilidad empresarial.

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